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SCJN avala derechos de niños 'trans" en Sonora

 
Alejandro Matty Ortega
 
Ciudad de México.- Por primera vez en la historia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la rectificación de identidad de género a una niña de 11 años y a un menor de 17 años en Sonora.
 
La asociación "Sonora Trans A.C." informó a través de un comunicado de prensa que logró el fallo a favor por lo que los menores sonorenses podrán modificar género y nombre de su elección y preferencia en sus Actas de Nacimiento.
 
Además, ordena al Congreso del Estado reformar el Artículo 116 Bis de la Ley del Registro Civil de Sonora.
 
Lo anterior, luego de que los menores de 11 y 17 años presentaran una demanda por incumplimiento a la invalidez hacia el Registro Civil del Gobierno de Sonora.
 
La asociación expone en el comunicado fechado el 28 de abril del 2025 que "el dia de hoy queda como fecha histórica al celebrarse por primera vez en Sonora las primeras rectificaciones de identidad de género para infancias y adolescentes trans".
 
Lo anterior, en correspondencia a la invalidez de la porción "mayores de edad" en el Articulo 116 Bis de la Ley del Registro Civil de Sonora, la cual, entró en vigor el pasado 2 de febrero en el Boletin Oficial del Estado.
 
Cita que "la rectificación de la identidad de género es un trámite administrativo sin costo, de reconocimiento y legitimidad del sexo/género manifiesto, asi como el(los) nombre(s) elegido(s), de las personas trans, en este caso, de una niña de 11 años y un joven de 17 años".
 
El documento indica que el Articulo 116 Bis de la Ley del Registro Civil de Sonora no ha sido reformado y aún contiene la porción "mayores de edad" que, en consecuencia, sigue manteniendo este derecho solo a las personas trans que han cumplido los 18 años.
 
Sin embargo, "la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2023 sentenció la Acción de Inconstitucionalidad 45/2021 en la cual resuelve un fallo a favor de las infancias y adolescencias trans pues les excluye de su derecho a la identidad y al libre desarrollo de su persona". 
 
El comunicado expone que esta resolución "ordena al Congreso del Estado de Sonora legislar y reformar tal articulo con un plazo de 12 meses a partir de haber sido notificada la institución y, además, agrega que desde el vencimiento la porción en cuestión quedará legalmente sin validez". 
 
Sin embargo, dicho plazo culminó el 5 de julio de 2024.
 
Lamentablemente, "la Legislatura pasada y la actual han sido omisas en su responsabilidad de trabajo para cumplir con lo sentenciado por la SCJN; lo cual constituye una violación reiterada a los derechos humanos de niñas, niños, niñes y adolescentes trans en nuestra entidad". 
 
En ese sentido, añade "desde Sonora Trans A.C. y México Igualitario Derribando las Barreras A.C. se ha implementado una estrategia juridica para solicitar la protección de esta población a través de una demanda de una denuncia por Incumplimiento de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad".
 
Cabe destacar que, "mientras el amparo se distingue por buscar que se cumpla un derecho constitucional que ha sido violado o negado por alguna autoridad, la denuncia por incumplimiento, de invalidez en caso (invalidez de la porción "mayores de edad"), se define por acusar a alguna autoridad o institución de no acatar alguna resolución juridica inapelable".
 
En ese sentido, "el reconocimiento de Vy A es resultado de un recurso de Incumplimiento de invalidez y no de la reforma legislativa al artículo inconstitucional".
 
En este sentido, "la importancia del reconocimiento de la identidad de género de las infancias y adolescencias trans se sustenta a la luz de un contexto del avance del fascismo global y de movilizaciones de grupos ultraconservadores que buscan, entre otras formas de opresión, el exterminio de los derechos humanos de las personas trans en su totalidad".
 
La asociación indica que "es por eso que celebramos este avance y lo estimamos como francamente relevante para el progreso de la sociedad sonorense y mexicana en general".
 
Destaca que "Claudia y Elena, son las mamás que acompañan a su hija e hijo! son ellas, el resto del núcleo familiar, y el circulo social que les rodea, quienes testimonian el desarrollo positivo y saludable de V y de A de acuerdo con sus identidades".
 
.En ese sentido, "el reconocimiento juridico de sus identidades de género es sustancial para brindar una certeza identitaria para sus proyectos de vida".
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